martes, 31 de marzo de 2009
HyNE seguirá trabajando para que todos los nietos puedan acceder a la nacionalidad
Informaron que en el Consulado de Buenos Aires se tardan cuatro meses en obtener la ciudadanía
L. V. Buenos Aires.
Ante una gran concurrencia, la agrupación Hijos y Nietos de Españoles de Argentina (HyNE) celebró el pasado 25 de marzo en la sede de la Fundación Xeito Novo de Cultura Gallega la primera reunión tras la ampliación al acceso a la nacionalidad española contemplada en la Ley de Memoria Histórica, en la que hicieron un balance del desarrollo del proceso de tramitación y respondieron a las preguntas del público presente.
“Esta es nuestra primera reunión en la nueva etapa que afronta la agrupación y que hemos definido como la de ‘el día después’, esto es, en relación al comienzo de la Ley 52/2007 que rige desde el 27 de diciembre de 2008. Desde HyNE entendemos que el objetivo fue cumplido en gran medida, aunque vamos a seguir trabajando para que también se contemple a los nietos por abuela que no pudieron ingresar, salvo que estas abuelas emigraran en el plazo comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, y a los nietos de emigrantes varones que se nacionalizaron antes de nacer sus hijos”, explicaron al inicio de la reunión los coordinadores de la agrupación, Daniel Barreiro y Guillermo García Suárez.
Luego fueron detallando las experiencias que los miembros de la agrupación han ido recogiendo desde la puesta en marcha de la Ley de Memoria Histórica: “A lo largo de estos tres meses nuestros compañeros fueron presentando sus solicitudes de nacionalidad y muchos de ellos, especialmente los que acudieron al Consulado General de España en la ciudad de Rosario, ya recibieron la partida literal española y hasta el pasaporte”, destacaron.
En la misma tónica, informaron que en el Consulado de Buenos Aires el plazo entre el pedido de solicitud y la entrega de la partida literal demora cuatro meses, iniciándose luego el trámite del pasaporte. “Entendemos perfectamente que esto sucede porque la demanda en la jurisdicción Buenos Aires es muy superior a las de otros consulados”, aclararon.
Durante la reunión, que fue presenciada por alrededor de 90 personas, los coordinadores de HyNE explicaron todo lo referente a la Ley 52/2007 y respondieron a las preguntas que surgieron entre el público: “Existen casos muy particulares, como el de una compañera que ante la imposibilidad de encontrar el certificado de casamiento de los abuelos, casados en Argentina, se le impide poder obtener la nacionalidad”, explicaron.
Por otra parte, invitaron a aquellos que tienen dudas sobre cuestiones muy específicas a ingresar en la página web de la agrupación, www.hyne.com.ar, y realizar sus preguntas en el apartado de Legales o en el Foro. “Seguiremos trabajando y destinando nuestro tiempo personal y recursos para que todo nieto de español u española tenga la posibilidad de acceder a la nacionalidad de sus abuelos, abuelas, padres, madres y hermanos menores”, subrayaron segundos antes de concluir la reunión.
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3 comentarios:
Por favor, ¿requiere España que el
solicitante en virtud de Memoria Histórica renuncie a su nacionalidad
previa? En el caso de los países
iberoamericanos, sé que no es necesario renunciar. ¿Pero qué sucede
si el hijo o el nieto es ciudadano
de, digamos, Kazajstán, por usar
un ejemplo casi absurdo? Somos ciudadanos de los EEUU. Tememos perder la nacionalidad si España
no ha publicado en el BOE u otro
medio oficial que Memoria Histórica
dispensa la renuncia de otras nacionalidades. En el caso de las
brigadas internacionales, la Ley lo
dice claramente. En el caso de los
hijos y nietos no está claro en el texto de la Ley. ¿Algún consejo, por favor?
Yo puedo comentar dos cosas:
1. El tema de la compatibilidad de nacionalidades es un tema de competencia de cada país. Es decir, que si en España renuncias a cualquier otra nacionalidad (digamos Kazajistán), esto no quiere decir que en Kazajistán hayas renunciado o debas renunciar a la nacionalidad. Renuncias sólo a identificarte como nacional de Kazajistán en España.
2. Lo anterior puede ser legalmente debatible pues no queda claro donde empiezan y terminan las competencias supranacionales. Lo que te debe tranquilizar es lo siguiente: Según las leyes de Estados Unidos, es IMPOSIBLE renunciar o perder la nacionalidad estadounidense (no sé si cometiendo traición o espionaje se pueda hacer, pero no creo que que seas un terrorista), así que tu podrías firmar una carta notariada, legalizada de que renuncias a la nacionalidad de EU, pero el gobierno americano no lo tomará nunca en cuenta.
Con esto deberías estar tranquilo de que tramitar tu nacionalidad no te supondrá ningún riesgo a la de los EU.
Muchísimas gracias por tus consejos.
De Exteriores me escriben que España
no requiere la renuncia a la nacionalidad que ostente un individuo en el momento que solicita la nacionalidad española en virtud de
Memoria Históricaa. Yo no tendría
que renunciar a los Estados Unidos.
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