viernes, 24 de abril de 2009

Los nietos de exiliadas se quedan sin la nacionalidad por una ley franquista


Esta vez, el diario de derechas El Mundo tiene la razón ....
Daniel Barreiro




La ley de Memoria Histórica o "ley de nietos" llega a su cuarto mes de vigencia con miles de nacionalidades concedidas a nietos de españoles, aunque ninguna a descendientes de españolas casadas en el extranjero, por culpa de una norma franquista que tiene a los consulados contra las cuerdas.


Si usted es cubano, argentino, mexicano... y nieto de español: felicidades, durante dos años podrá recuperar la nacionalidad en virtud de la Ley de Memoria Histórica aprobada por el parlamento español y que entró en vigor en diciembre de 2008.

En cambio, si usted es cubano, argentino, mexicano... pero nieto de española, ruegue para que ella no estuviera casada en el momento de tener a su padre o madre, porque si su esposo era extranjero le van a decir que en ese momento no era española.

Aunque pueda parecer una exageración, esa fue la explicación con que se topó hace unas semanas Jorge Félix Medina, de 37 años, cubano y descendiente de abuela canaria.

Cuando la Ley de Memoria Histórica entró en vigor, el 29 de diciembre pasado, Medina, al igual que otros 135.000 cubanos hasta ahora, pidió su cita en el consulado español en La Habana.

Se presentó hace un mes con un maletín lleno de documentos impecablemente seleccionados para acreditar fuera de toda duda la nacionalidad española de su abuela Felipa.

Sin embargo, en el consulado le dijeron que la señora Felipa, fallecida en 1994, no podía transmitirle ese derecho porque se casó con un cubano y por tanto había perdido la nacionalidad antes de tener al padre de Medina.

La explicación legal para todo esto está contenida en la Ley de 15 de julio de 1954, que reforma el título del código civil "de los españoles y extranjeros", e interpreta que "la española que contraiga matrimonio con extranjero adquiere la nacionalidad de su marido".

En su motivación, la norma explica que "tanto en el régimen de adquisición como en el de la pérdida de la nacionalidad se mantiene el principio de la unidad de la familia como el más identificado con la tradición y los sentimientos de la nación española".

"Yo pensé que me estaban tomando el pelo", explicó a Efe Medina, que asegura que su abuela llegó a votar en convocatorias electorales en España hasta poco antes de fallecer.

No hay datos precisos
En el consulado no tienen datos precisos de cuántas personas se encuentran en la misma situación que Medina, pero indicaron a Efe que al menos cuatro cubanos a los que se les ha denegado la nacionalidad por esta razón ya han presentado recursos ante la Dirección de Registros y Notariado en España.

Los funcionarios no dudan en reconocer la colisión frontal de esa norma preconstitucional con la Carta Magna aprobada en 1978, pero argumentan que el propio régimen de irretroactividad del Código Civil impide encontrar una salida razonable al problema.

"Este tema ha sido objeto de un revuelo grande y es una preocupación general en todos los consulados porque está suscitando un gran descontento", indicaron fuentes oficiales españolas.

Con esta situación, las únicas abuelas españolas que se libran de la discriminación preconstitucional son las que tuvieron a sus hijos solteras y, según dijeron fuentes consulares, "está un poco en el aire la abuela que se casa pero que no se registra en el consulado".

De acuerdo con datos de mediados de abril, las nacionalidades concedidas en Cuba desde enero ascienden a 2.297; en 149 casos se ha denegado la solicitud, y el resto, hasta 9.070 expedientes abiertos de momento, están pendientes de "subsanación".

"No estamos en 1954, estamos en 2009, y las cosas creo que han cambiado en España en estos años", subrayó Alexina Fuentes, de 47 años, y también nieta de canaria casada con cubano.

Fuentes presentó sus papeles la pasada semana en el Consulado y dice que ya le han advertido de que por ser nieta de cubana casada lo más probable es que se lo denieguen.

"No me voy a cortar las venas tampoco, pero yo voy a apelar y a apelar", aseguró Fuentes.

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/04/24/espana/1240560637.html

16 comentarios:

Anónimo dijo...

No creo que esto sea solo merito del franquismo.
Ver Código Civil de 1889 a 1954, que dice lo siguiente:
Artículo 22
La mujer casada sigue la condición y nacionalidad de su marido.
La española que casare con extranjero, podrá, disuelto el matrimonio, recobrar la nacionalidad española, llenando los requisitos expresados en el artículo anterior.

Saludos.

Fernando

Robert Iza Valdes dijo...

¿De hecho la abuela de Medina
se naturalizó cubana? La España
pre78 podría impunemente
expatriar a una española pero no
naturalizarla cubana. Una amiga
canaria de mi familia se casó con un cubano y se negó a hacerse ciudadana cubana.

Entre paréntesis, España no fue
el más troglodita de los países
en lo referente a la expatriación
de sus mujeres por matrimonio con un extranjero. En Estados Unidos
fue peor. Claro que España era un
país católico, y USA no.

Unknown dijo...

Qué sucede con las abuelas que ya habian tenido que renunciar a su nacionalidad española por el exilio? Y qué pasa si hubieran contraído casamiento con extranjeros y sido madres antes de promulgada esa Ley en 1954? No es caso que con la Ley de Memoria Histórica se quiere subsanar todas las injusticias de aquellos/as que tuvieron no solo que dejar su patria, sino también perder en algunos casos su nacionalidad?

Robert Iza Valdes dijo...

Marisol tiene razón. Los motivos de la Ley de Memoria Histórica no son un secreto.

Si queremos buscarle tres pies al
gato, no hace falta esperar hasta
1954. El Tratado de Paz de 1898
entre Estados Unidos y España está vigente. El artículo IX define estrictamente quién en Cuba puede
tener la nacionalidad española:

"Los súbditos españoles, naturales de la Península, residentes en el territorio cuya soberanía España renuncia o cede por el presente Tratado, podrán permanecer en dicho territorio o marcharse de él, conservando, en uno u otro caso, todos sus derechos de propiedad, con inclusión del derecho de vender o disponer de tal propiedad o de sus productos; y, además, tendrán el derecho de ejercer su industria, comercio o profesión, sujetándose, a este respecto, a las leyes que sean aplicables a los demás extranjeros. En el caso de que permanezcan en el territorio, podrán conservar su nacionalidad española, haciendo ante una oficina de registro, dentro de un año después del cambio de ratificaciones de este Tratado, una declaración de su propósito de conservar dicha nacionalidad: a falta de esta declaración se considerara que han renunciado dicha nacionalidad y adoptado la del territorio, en el cual pueden residir, Los derechos civiles y la condición política de los habitantes naturales de los territorios aquí cedidos a los Estados Unidos se determinaran por el Congreso."

Si queremos complicarnos la vida,
la nacionalidad española que le
reconoce la Ley de Memoria Histórica a los nacidos en Cuba de abuelos españoles , hembras o machos, viola el Tratado de Paz
y por lo tanto las leyes de Reino.

Blanca De Lima dijo...

Es una vergüenza. Marisol tiene razón: la Ley de Memoria Histórica no subsanó las injusticias que llevaron a muchos a dejar España. ¿Acaso el hambre de mi abuela María, quien emigró con mis bisabuelos siendo una niña, vale menos que el hambre de los exiliados del franquismo? Por otra parte, la misoginia que se enconde entre las faldas de la Ley de Memoria Histórica me ayuda a comprender en parte las altas cuotas de violencia que hasta hoy se ven en España contra la mujer. En resumen: una ley injusta y discriminatoria.

Ricardo Miraballes dijo...

Mi caso es parecido pero aún peor. Tanto mi abuela como mi abuelo eran españoles nacidos en España. Pero lamentablemente mi abuelo optó por la nacionalidad uruguaya antes que naciera mi madre, y además llegaron a Montevideo después del año considerado límite para el exilio político (1934 o 36 no recuerdo). Por lo que se da la paradoja que cuando fuí al consulado de España en Montevideo, le dieron la nacionalidad a alguien que solo tiene a su abuelo español, mientras que a mí con abuelo, abuela, tías y tíos españoles nacidos en España, me rechazaron.
Realmente ya perdí todo el interés y todas las ganas de obtener la nacionalidad española. Hoy con mis 37 años y habiendo sido criado en la cultura y las tradiciones gallegas, me siento menos español que nunca.
Un abrazo
Dr. Ricardo Miraballes
(Montevideo)

RobertoViajero dijo...

Yo no entiendo mucho de terminos legales y esas cosas....mi Abuela se caso con Argentino, yo soy Peruano...he estado todo este tiempo muy atento a la Nueva ley, pero ha sido muy descepcionante saber que no obtendre la nacionalidad por lo mismo: LAS LEYES RETROGRADAS ESPAÑOLAS!!!...para nosotros no ha habido ningun cambio....por ser Nietos de Española...seguimos en las mismas!!!, y asi como yo hay miles de nietos de Españolas....que injusticia mas grande...alguien sabe que ha dicho Zapatero al respecto, hace poco lei y vi en las noticias que tenia el record de mayor cantitad de Mujeres en su gabinete...QUE TAL IRONIA!!!

Robert Iza Valdes dijo...

Lo que tiene que hacer el nieto
de abuela española es decir que su
abuela era madre soltera. Y sanseacabó.

Anónimo dijo...

Mi caso es similar al de Roberto. Mi abuelo español llego a principios de siglo a la Argentina. Antes de que naciera mi padre se naturalizo argentino, y por ese motivo no me puede transmitir la nacionalidad. Es injusta la ley en este aspecto, sobre todo porque la nacionalidad debe estar fuera de todo prejuicio ideológico, como lo es la reglamentacion del apartado 2 de la ley. podrían haber hecho una interpretación amplia de la palabra exilio, e incluirnos a todos los nietos. Esto tambien choca con la constitución, porque del 78 en adelante el español que adquiere la nacionalidad de un pais iberoamericano sige siendo español. No son solo los nieots de abuela los que quedan afuera.

Anónimo dijo...

Pues, yo tambien me siento defraudado por la actual legislacion, que no ha sido lo amplia que demanda la justicia y el sentido comun. Mi abuelo se nacionalizo justo antes de que mi madre naciera. Ella es espanola, ahora de origen, tambien lo seran mis primos y hasta sus hijos, a Dios gracias, pero definitivamente que se nos ha discriminado por leyes que ya hace mas de 30 anos Espana cambio, haciendo honor a un pensamiento mas moderno y sensato.

Anónimo dijo...

Mi caso es peor. Mi madre es hija de español de origen. Gracias a la Ley del 2002 ya pudo optar por la nacionalidad.

Todos mis hermanos son menores de edad y son españoles. Yo soy mayor de edad y no puedo serlo a menos que me mude 1 año a España a estudiar (no puedo trabajar) y haga el proceso allá.

Anónimo dijo...

por que se reconocen solo los nietos de abuelos que escaparon al franquismo??? mis abuelos fueron a Argentina antesde 1919.la guerra!!! ellos no son reconocidos por el gobierno espaniol como gente trabajadora en busca de nuevas posibilidades huyendo del horror?? o el unico horror que existio en Espania fue Franco?

Liudmila dijo...

MI ABUELA ERA ESPANOLA Y CUANDO NACIO MI MADRE ELLA NO ESTABA CASADA CON NADIE. QUE DOCUMENTO SERIA LA PRUEBA PARA DEMOSTRAR SU SOLTERIA. YO TENGO LA DEFUNCION DE MI ABUELA QUE APARACE SU ESTADO CIVIL AL MORIR COMO SOLTERA, TAMBIEN TENGO EL DOCUMENTO DE IMMIGRACION CUBANO DONDE DICE QUE EN SUS REGISTROS NO CONSATA QUE MI ABUELA SE HAYA ACOGIDO A LA NACIONALIDAD CUBANA. CON ESTO SERA SUFICIENTE O ME RECOMIENDAN ALGUN OTRO DUCUMENTO PARA DEMOSTRARLO? MUCHAS GRACIAS.

Daniel Barreiro dijo...

Ludmila: Si tu abuela fue madre soltera, ella es española de origen y a ti te corresponde anexo 1.
Creo que debes presentar el acta de nacimiento de tu madre donde no figura que tu abuela estáaba casada.
Igualmente consulta en el Consulado
Saludos

Liudmila dijo...

MI ABUELA ERA ESPANOLA Y CUANDO NACIO MI MADRE ELLA NO ESTABA CASADA CON NADIE. QUE DOCUMENTO SERIA LA PRUEBA PARA DEMOSTRAR SU SOLTERIA. YO TENGO LA DEFUNCION DE MI ABUELA QUE APARACE SU ESTADO CIVIL AL MORIR COMO SOLTERA, TAMBIEN TENGO EL DOCUMENTO DE IMMIGRACION CUBANO DONDE DICE QUE EN SUS REGISTROS NO CONSATA QUE MI ABUELA SE HAYA ACOGIDO A LA NACIONALIDAD CUBANA. CON ESTO SERA SUFICIENTE O ME RECOMIENDAN ALGUN OTRO DUCUMENTO PARA DEMOSTRARLO? MUCHAS GRACIAS.

Daniel Barreiro dijo...

Ludmila, tu madre nació española de origen, porque tu abuela por condiciones excepcionales le transmitió la nacionalidad. Como dije anteriormente te corresponde anexo 1, y es el consulado quien debe solicitar los papeles, a mi modo de ver suficientes, pero en definitiva define el Consul. Buena suerte !!!